Licencias por tipos de construcción

Julio 2022

Todos sabemos que el mundo de las licencias, como el de los trámites documentarios, es un poco confuso, por eso te compartimos información clara para que no te queden dudas sobre cómo funcionan los permisos en la construcción. Ten en cuenta que las licencias de edificación se rigen por leyes y decretos, por lo que cuando revises sus requisitos, te darás cuenta que son muy parecidos entre sí (pero no en todo).

Como buen maestro de obra que eres, seguro sabes que una remodelación no es lo mismo que una construcción nueva, y ni siquiera se parece a un pequeño arreglo de ese cliente que apenas está decorando su cocina. Por eso, es necesario entender bien los principales conceptos y categorías de licencia:

  • Acondicionamiento: Esa decoración de la cocina que no afecta casi en nada al resto de la casa sería un acondicionamiento y es uno de los pocos casos (junto con las casetas de venta o instalaciones temporales) que no necesitan licencia, bastando en algunos casos, con una carta de aviso.
  • Remodelación: Cuando el mismo cliente decide que también quiere ganarle espacio a su jardín y agrandar su sala, o incluso, quiere aprovechar en techar su garaje, entonces tendríamos ya, una ampliación.
  • Ampliación:, para quienes están muy expuestos o frecuentan zonas transitadas, como: los guardianes de obra, que pasan la noche en donde hubo mucho tránsito durante el día; o, el cargador, que visita diversas obras al día y entra en contacto con gran número de personas.
  • Demolición: Si además tu cliente es muy atrevido y decide transformar su casa y, te propone demoler el almacén que tiene al fondo, entonces, ahora en tu obra también habrían trabajos de demolición (que en este caso serían parciales).
  • Construcción nueva: Por último, si tu cliente luego de haber hecho todos esos trabajos, se anima también a construir en su nuevo terreno contigo, en este caso, estaríamos ante una construcción u obra nueva.

Existen cuatro maneras en que pueden aprobar tu obra y darte una licencia, y básicamente dependen de qué tan grande o complejo es, por eso es clave que entiendas muy bien el proyecto, para que no pidas una modalidad que no te corresponde y tengas que llevar un proceso más largo y costoso del que realmente necesitas.

  • Modalidad A.- Automática. Es la más simple y rápida, de hecho, si el revisor municipal recibe tu expediente sin observar nada, lo firma y lo ingresa, el cargo que te entrega a cambio es tu licencia. Se usa para lo que se conoce como obras menores: que podrían ser remodelaciones, ampliaciones, cercos, construcciones nuevas, o hasta demoliciones totales. Todas siempre y cuando cumplan con las características permitidas (como que no sean muy grandes, complejas o riesgosas).
  • Modalidad B.- Municipal. Es un poco más extensa y requiere más documentación; luego que el revisor municipal recibe tu expediente y lo ingresa, puedes solicitar una licencia temporal en lo que la municipalidad evalúa el proyecto. Se usa para los mismos casos anteriores, pero cuando son más grandes o complejos, o también, cuando hay variaciones, o si pertenece a varios propietarios.
  • Modalidad C&D.- Externa. Es un proceso mucho más largo y minucioso, el proyecto lo revisan comisiones de otras entidades (colegio de ingenieros y arquitectos, defensa civil, Min. Cultura, etc.) y comparan cada especialidad. La “C” se usa sobre todo para edificios de vivienda muy grandes (multifamiliares), comerciales o patrimoniales. Y la “D” para esas mismas, pero nuevamente, mucho más grandes o complejas, o, para construcciones industriales.

  • TUPA o “Texto Único de Procedimientos Administrativos” de cada municipalidad; donde podrás encontrar tu caso específico y conocerás los requisitos, plazos y costos de tu trámite.
  • FUE o “Formulario Único de Edificaciones”; que lo brinda también cada municipalidad y es el formulario que deberás llenar sí o sí para cualquier licencia.
  • Certificado de Parámetros Urbanísticos; que se lo solicita a la municipalidad y es único para cada terreno porque te dice qué puedes y no puedes hacer en el mismo.
  • Título de propiedad; para acreditar que el cliente tiene derecho a edificar y, que se encuentra todo en regla.
  • Planos; de ubicación y de todas las especialidades involucradas, con sus memorias descriptivas (recuerda que todo debe estar firmado y sellado por los profesionales correspondientes).

Por último, te recordamos que tener tu licencia de edificación solo autoriza la ejecución de obras preliminares. Para iniciar con tu obra correctamente, por lo general deberás comunicar a la municipalidad la fecha de inicio, o programar y pagar por las visitas de inspección según los requisitos de verificación técnica qué te indiquen.

¡Ahora sí, a construir, Maestro!

Aquí te dejamos una guía resumida para que, en pocos minutos, puedas decirle a tu cliente la modalidad de licencia que le corresponde según las características de la obra. Así sabrán cuán largo podría llegar a ser el trámite y calcularán los tiempos teniendo en cuenta la licencia.

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